Acuerdo 10069
El Acuerdo No. 10069 del Consejo de Ministros regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a COMMERCIAL CARIBBEAN NICKEL S.A. La norma es emitida por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en virtud de la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994.
- Se extingue la concesión de investigación geológica en el área San Felipe III, en Camagüey.
- La concesión fue otorgada en 2013 y prorrogada sucesivamente hasta 2024.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La empresa debe cumplir obligaciones pendientes, especialmente tributarias y ambientales.
- La extinción se basa en el vencimiento del término de la concesión (Artículo 60, inciso a) de la Ley 76).
Texto íntegro
MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ha considerado losiguiente:
POR CUANTO: La Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece ensu
Artículo 18 correspondiente al Capítulo VI, Sección Primera, que el Consejo de Minis-tros, o su Comité Ejecutivo, otorga o deniega las concesiones mineras y dispone tambiénsu anulación y extinción.
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 7474, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 7 de octubre de 2013, se le otorgó a la sociedad mercantil COMMERCIALCARIBBEAN NICKEL S.A. una concesión de investigación geológica en el área deno-minada San Felipe III, ubicada en los municipios de Camagüey, Florida y Esmeralda, pro-vincia de Camagüey, por un término de tres años, de los minerales limonita y serpentinacon contenido de hierro, níquel, cobalto, aluminio, cromo y magnesio, con el objetivo decontinuar los trabajos de exploración geológica mediante estudios hidrológicos, hidro-geológicos, geotécnicos, medioambientales, de infraestructura u otros que, posibilitenla elaboración de la ingeniería básica y la realización de estudios de factibilidad técnicoeconómica, para elevar de categoría los recursos estimados actualmente; prorrogado su-cesivamente por los Acuerdos 8033, de 8 de noviembre de 2016; 8519, de 10 de diciem-bre de 2018 y, 9382, de 20 de julio de 2022, hasta el 8 de noviembre de 2024, todos de lapropia autoridad.
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POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológicadescrita en el Por Cuanto anterior, lo cual constituye una de las causas de extinción de lasconcesiones mineras, de acuerdo con lo regulado en el
Artículo 60, inciso a) de la men-cionada Ley 76.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de lasatribuciones conferidas por los artículos 135 y 137, inciso o) y w), de la Constitución dela República de Cuba, adoptó con fecha 6 de febrero de 2025 el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgadaa la sociedad mercantil COMMERCIAL CARIBBEAN NICKEL S.A. en el área deno-minada San Felipe III, ubicada en los municipios de Camagüey, Florida y Esmeralda,provincia de Camagüey.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de la concesión de inves-tigación geológica, el que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividadesmineras.
TERCERO: La sociedad mercantil COMMERCIAL CARIBBEAN NICKEL S.A. estáobligada a cumplir las obligaciones establecidas, al serle otorgada dicha concesión, si nolas hubiera aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medioambiente en general.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros, y acuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 6 días del mes de febrero de 2025, “Año 67 de la Revolución”.
Manuel Marrero Cruz