Acuerdo 10070

Extinción de concesión de investigación geológica a GOLD CARIBBEAN MINING S.A.

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2025-02-06
Publicada en
Gaceta No. 15 Ordinaria de 2025 (2025-02-27)
Páginas
3–4
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Acuerdo No. 10070 del Consejo de Ministros regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a GOLD CARIBBEAN MINING S.A. La norma es emitida por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en virtud de la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994.

Texto íntegro

MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ha considerado losiguiente:

POR CUANTO: La Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece ensu

Artículo 18 correspondiente al Capítulo VI, Sección Primera, que el Consejo de Minis-tros, o su Comité Ejecutivo, otorga o deniega las concesiones mineras y dispone tambiénsu anulación y extinción.

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 9215, de 26 de octubre de 2021, se le otorgóa la sociedad mercantil GOLD CARIBBEAN MINING S.A. una concesión de inves-tigación geológica en las fases de prospección y exploración en el área denominadaFLORENCIA-MACLAMA-GOLDEN HILLS, ubicada en los municipios de Guáimaroy Jobabo, provincias de Camagüey y Las Tunas, con el objetivo de evaluar las potencia-lidades de los minerales oro, plata, cobre, plomo y zinc.

POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológicadescrita en el Por Cuanto anterior, lo cual constituye una de las causas de extinción de lasconcesiones mineras, de acuerdo con lo regulado en el

Artículo 60, inciso a) de la men-cionada Ley 76.

165

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de lasatribuciones conferidas por los artículos 135 y 137, inciso o) y w), de la Constitución dela República de Cuba, adoptó con fecha de 6 de febrero de 2025 el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorga-da a la sociedad mercantil GOLD CARIBBEAN MINING S.A. en el área denominadaFLORENCIA-MACLAMA-GOLDEN HILLS, ubicada en los municipios de Guáimaroy Jobabo, provincias de Camagüey y Las Tunas, respectivamente.

SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de la concesión de inves-tigación geológica, el cual puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividadesmineras.

TERCERO: La sociedad mercantil GOLD CARIBBEAN MINING S.A. está obligadaa cumplir las obligaciones establecidas al serle otorgada dicha concesión, si no las hubieraaún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente engeneral.

COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros, y acuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 6 días del mes de febrero de 2025, “Año 67 de la Revolución”.

Manuel Marrero Cruz