Acuerdo 10122

Dejar sin efecto el precio minorista del producto fósforo

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2025-04-22
Publicada en
Gaceta No. 22 Extraordinaria de 2025 (2025-05-19)
Páginas
2–3
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El Acuerdo No. 10122 del Consejo de Ministros deja sin efecto el precio minorista del producto fósforo. Fue emitido por el Consejo de Ministros en ejercicio de sus facultades constitucionales.

Texto íntegro

GOC-2025-217-EX22 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de precios y tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, en su

Artículo 1, aprueba la nomenclatura de los productosy servicios cuyos precios y tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejode Ministros, los que se relacionan en su Anexo Único; asimismo, establece en la Disposición Especial Primera que este órgano queda encargado de aprobar, por primera vez, los precios y tarifas de los productos o servicios que no sean de su nomenclatura, en los que se decida eliminar gratuidades o subsidios indebidos del Presupuesto del Estado.

POR CUANTO: El Acuerdo 8957 del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 2020, aprueba los precios y tarifas a la población de los productos o servicios que no son de la nomenclatura del Consejo de Ministros, en los que se elimina gratuidades y subsidios, los que se describen en su Anexo II entre los que se encuentra el fósforo, siendo necesario dejar sin efecto el precio minorista de dicho producto.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le están conferidas en el

Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó con fecha 21 de abril de 2025 el siguiente:ACUERDOÚNICO: Dejar sin efecto el precio minorista del producto fósforo, establecido en el Anexo II, Acápite I, numeral 3, del Acuerdo 8957 del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 2020.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 22 días del mes de abril de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Manuel Marrero Cruz