Acuerdo 10146
El Acuerdo No. 10146 del Consejo de Ministros aprueba la candidatura del Geoparque Viñales como Geoparque Mundial de la UNESCO. Esta decisión se basa en la Ley 155 de 2022 y el Decreto-Ley 331 de 2015, que regulan la protección del patrimonio natural y cultural en Cuba. El Consejo de Ministros, en ejercicio de sus atribuciones, adoptó esta resolución el 23 de mayo de 2025.
- Aprobar la candidatura del Geoparque Viñales como Geoparque Mundial de la UNESCO (Artículo 1 del Acuerdo)
- El Centro de Investigaciones y Servicios Ambientales, ECOVIDA, elaborará la documentación para la nominación internacional (Artículo 2)
- El ministro de Energía y Minas presentará la propuesta de candidatura ante la Comisión Nacional Cubana de la UNESCO (Artículo 3)
- La candidatura se basa en la gestión de ECOVIDA y los requisitos establecidos por la UNESCO
- Se designa a ECOVIDA para la gestión del Geoparque Viñales según Acuerdo 9218 de 2021
Texto íntegro
GOC-2025-343-EX44 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Ley 155 “Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural”, de 16 de mayo de 2022, establece en los artículos 62, inciso b) y 64, que integran el Patrimonio Natural de la Nación los geoparques declarados por el Consejo de Ministros, una vez que se reconozcan como zonas con regulaciones especiales por la propia autoridad, de conformidad con lo establecido al respecto.
POR CUANTO: El
Artículo 67 de la citada Ley, dispone que la nominación internacional de los sitios naturales Patrimonio Natural de la Nación, se aprueba por el Consejo de Ministros; y para ello cuenta con la aprobación previa del Gobierno Provincial y la Asamblea Municipal del Poder Popular; y en el 72, apartado 1, se regula que el sitio natural nominado a una categoría de reconocimiento internacional tiene que ser previamente reconocido como Patrimonio Natural de la Nación.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”, de 30 de junio de 2015, establece en su
Artículo 2, que se considera zona con regulaciones especiales el área del territorio nacional con un tratamiento diferenciado en función de intereses medioambientales, histórico-culturales, económicos, de la defensa, la seguridad y el orden interior.
POR CUANTO: El Decreto 11 “Del Patrimonio Geológico de Cuba”, de 21 de julio de 2020, establece en su
Artículo 4, apartado 2, inciso f), que le corresponde al Ministerio de Energía y Minas presentar a las autoridades competentes, previo dictamen favorable del Comité Nacional de Geoparques, las propuestas de designación de un geoparque nacional como geoparque mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO.
POR CUANTO: El Acuerdo 9218 del Consejo de Ministros, de 1 ro. de noviembre de 2021, declara el Geoparque Viñales, y en su apartado Cuarto designa para la gestión de este al Centro de Investigaciones y Servicios Ambientales, ECOVIDA, que pertenece a la Agencia de Medio Ambiente, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; asimismo en el Sexto dispone que se aplican en este además de lo regulado en el mencionado Acuerdo, lo previsto para la gestión del patrimonio geológico en Cuba y cualquier otra disposición establecida en zonas con regulaciones especiales aprobadas en esa área.
POR CUANTO: El ministro de Energía y Minas, con el criterio favorable del Comité Nacional de Geoparques, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 67 de la citada Ley 155, en relación con el 101 del Decreto 92 “Reglamento de la Ley 155 “Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural”, de 11 de julio de 2023, ha presentado la propuesta de candidatura del Geoparque Viñales, como Geoparque Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, al considerar que bajo la gestión de la entidad ECOVIDA, reúne los requisitos para su nominación internacional, en consonancia con los elementos aportados al efecto.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas por el
Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 23 de mayo de 2025 el siguiente:ACUERDO 10146
PRIMERO: Aprobar la candidatura del Geoparque Viñales como Geoparque Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO.
SEGUNDO: El Centro de Investigaciones y Servicios Ambientales, ECOVIDA, queda encargado de elaborar y entregar al ministro de Energía y Minas la documentación requerida para formalizar la nominación internacional.
TERCERO: Corresponde al ministro de Energía y Minas presentar la aprobación de la propuesta de candidatura del Geoparque Viñales como Geoparque Mundial, acompañada de la carta de intención para optar por la nominación y demás documentos que procedan, ante la Comisión Nacional Cubana de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, entidad adscripta al Ministerio de Relaciones Exteriores, encargada de presentarla a la consideración del organismo internacional, según el procedimiento establecido por este. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros, al gobernador de Pinar del Río, a los presidentes de las asambleas municipales del Poder Popular e intendentes de los municipios de Viñales y Minas de Matahambre, y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 23 días del mes de mayo de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Manuel Marrero Cruz