Acuerdo 10213

Extinción de concesión de explotación minera a Los Portales S.A.

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2025-08-22
Publicada en
Gaceta No. 57 Extraordinaria de 2025 (2025-09-17)
Páginas
4–5
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Resumen generado por IA

El Acuerdo No. 10213 del Consejo de Ministros regula la extinción de una concesión de explotación minera otorgada a Los Portales S.A. La norma es emitida por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en virtud de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República de Cuba y la Ley 76 "Ley de Minas".

Texto íntegro

MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ha consideradolo siguiente:

POR CUANTO: La Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece ensu

Artículo 18 correspondiente al Capítulo VI, Sección Primera, que el Consejo de Minis-tros, o su Comité Ejecutivo, otorga o deniega las concesiones mineras y dispone tambiénsu anulación y extinción.

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 3725, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 4 de julio de 2000, se le otorga a la empresa mixta Los Portales S.A., unaconcesión de explotación en el área denominada Blanquizal (Ciego Montero), ubicadaen el municipio de Palmira, en la provincia de Cienfuegos, para explotar agua mineralnatural, por un término de veinticinco años.

POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de explotación descrita en el Por Cuanto anterior, lo cual constituye una de las causas de extinción de las concesionesmineras, de acuerdo con lo regulado en el

Artículo 60, inciso a), de la mencionada Ley 76.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de lasatribuciones conferidas por los artículos 135 y 137, inciso o) y w), de la Constitución dela República de Cuba, adoptó el 22 de agosto de 2025 el siguiente:

ACUERDO 10213

PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de explotación otorgada a la empre-sa mixta Los Portales S.A., en el área denominada Blanquizal (Ciego Montero), ubicadaen el municipio de Palmira, en la provincia de Cienfuegos.

SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de la concesión de explo-tación, el que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La empresa mixta Los Portales S.A. está obligada a cumplir las obliga-ciones establecidas, al serle otorgada dicha concesión, si no las hubiera aún ejecutado,especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente en general.

COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros, y acuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 22 días del mes de agosto de 2025, “Año 67 de la Revolución”.

Manuel Marrero Cruz