Acuerdo 10277

Sobre la institución del Premio Nacional de Comercio del Pueblo

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2025-12-24
Publicada en
Gaceta No. 21 Extraordinaria de 2026 (2026-02-12)
Páginas
2–3
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El Acuerdo No. 10277 del Consejo de Ministros instituye el Premio Nacional de Comercio del Pueblo, que será otorgado por el Ministerio del Comercio Interior. Este premio busca reconocer la trayectoria y actuación eficiente en la actividad comercial, así como las contribuciones a través de la innovación y la aplicación de la ciencia.

Texto íntegro

GOC-2026-156-EX21 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Acuerdo 9684 del Consejo de Ministros, de 5 de septiembre de 2023, dispone el procedimiento para la institución de los premios que se acompañen de remuneración monetaria u otro bien material, a otorgar por los órganos estatales, organismos de la Administración Central del Estado, órganos locales del Poder Popular, entidades nacionales, organizaciones políticas y de masas, organizaciones no gubernamentales, y asociaciones, así como para su eliminación, y en su apartado Cuarto establece que el Consejo de Ministros aprueba su institución o emite su conformidad, según corresponda, así como su eliminación.

POR CUANTO: La Comisión Nacional de Premios, a instancia de la ministra del Comercio Interior, en cumplimiento de lo previsto en el referido Acuerdo 9684, ha presentado con criterio favorable, al Consejo de Ministros las propuestas para la institución de los premios nacionales a otorgar por dicho organismo.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el

Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba adoptó, el 24 de diciembre de 2025, el siguiente:

ACUERDO 10277

PRIMERO: Aprobar el premio nacional a otorgar por el Ministerio del Comercio Interior, denominado Premio Nacional de Comercio del Pueblo, con las características que se describen en el Anexo Único de este Acuerdo.

SEGUNDO: El ministro del Comercio Interior para seleccionar a la persona o al colectivo a premiar, constituye un jurado conforme a los requisitos establecidos en el apartado Decimosexto del Acuerdo 9684 del Consejo de Ministros, de 5 de septiembre de 2023.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: La ministra del Comercio Interior queda encargada de establecer los procedimientos y la organización metodológica de la presentación de las propuestas y entrega del premio, así como de la ejecución y control de lo aprobado en el presente Acuerdo.

SEGUNDA: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de su publicaciónen la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 24 días del mes de diciembre de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Manuel Marrero CruzANEXO ÚNICOCARACTERÍSTICAS DEL PREMIO APROBADO AL MINISTERIO DEL COMERCIO INTERIOR PREMIO NACIONAL DE COMERCIO DEL PUEBLOCaracterística: Destinado a galardonar la permanencia, trayectoria y actuación eficiente de personas naturales y jurídicas, en la actividad comercial, además de las contribuciones realizadas a través de la innovación, aplicación de la ciencia, la introducción de nuevas tecnologías a favor del desarrollo y competitividad del sector. Instituciones que nominan: Ministerio del Comercio Interior. Frecuencia: anual. Tipo de premios a entregar: se otorgan dos premios uno destinados a personas naturales y otro a personas jurídicas. Monto Aprobado: la remuneración y demás obsequios tienen como límite hasta 10 veces el salario medio del país al cierre del año fiscal anterior a la fecha de entrega del Premio.Comunicación del premio: se da a conocer en evento organizado para este fin, en elmarco de las actividades en saludo al 4 de febrero día del Trabajador del Comercio. Reglamentación del Premio: por resolución de la ministra del Comercio Interior.