Acuerdo 119
El Acuerdo No. 119 del Tribunal Supremo Popular regula la elección de Lisyén Valdivia Sánchez como jueza profesional suplente del Tribunal Provincial Popular de Ciego de Ávila. Fue emitido por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- Se elige a Lisyén Valdivia Sánchez como jueza profesional suplente.
- La elección se realiza al amparo del Artículo 29, apartado 1, inciso o) de la Ley 140.
- La elección también se basa en el Artículo 71, apartado 1 de la Ley 140.
- La Ley 140 se titula 'De los Tribunales de Justicia' y entró en vigor el 28 de octubre de 2021.
Texto íntegro
GOC-2022-443-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ---------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión ordinaria celebrada el 17 de febrero de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: ------------------------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 319: Elegir a LISYÉN VALDIVIA SÁNCHEZ como jueza pro-fesional suplente del Tribunal Provincial Popular de Ciego de Ávila, al ampa-ro del
Artículo 29, apartado 1, inciso o), en concordancia con el
Artículo 71, apartado 1, ambos de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Jus-ticia”.---------------------------------------------------------------------------------------------------
913 GACETA OFICIAL21 de abril de 2022 Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que adjunte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este Acuerdo al Tribunal Provincial Popular correspondiente y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.-------------------------------------------------Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDO LAPRESENTE EN LA HABANA, A 17 DE FEBRERO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVO-LUCIÓN”. -------------------------------------------------------------------------------------------________________