Acuerdo 136
El Acuerdo No. 136 del Tribunal Supremo Popular regula la elección de Hugo Gerardo Gómez Williams como juez profesional suplente del Tribunal Provincial Popular de Holguín. Fue emitido por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- Se elige a Hugo Gerardo Gómez Williams como juez profesional suplente.
- Es designado en el Tribunal Provincial Popular de Holguín.
- Se fundamenta en el Artículo 29.1.o y el Artículo 71.1 de la Ley 140 de 2021.
- La Ley 140 se refiere a la organización y funcionamiento de los Tribunales de Justicia.
- El acuerdo fue adoptado en sesión ordinaria el 16 de marzo de 2022.
Texto íntegro
GOC-2022-459-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ---------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: ------------------------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 363: Elegir a HUGO GERARDO GÓMEZ WILLIAMS como juez profesional suplente del Tribunal Provincial Popular de Holguín, al am-paro del
Artículo 29, apartado 1, inciso o), en concordancia con el
Artículo 71, apartado 1, ambos de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Justi-cia”.---------------------------------------------------------------------------------------------------- Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que adjunte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este Acuerdo al Tribunal Provincial Popular correspondiente y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.-------------------------------------------------
920 GACETA OFICIAL 21 de abril de 2022 Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDO LAPRESENTE EN LA HABANA, A 16 DE MARZO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVO-LUCIÓN”. -------------------------------------------------------------------------------------------________________