Acuerdo 138
El Acuerdo No. 138 del Tribunal Supremo Popular regula la elección de un juez profesional suplente. El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular emite esta decisión según la Ley 140 de 2021.
- Se elige a Alejandro Quezada Guerrero como juez profesional suplente.
- El nombramiento es para el Tribunal Especial Popular de la Isla de la Juventud.
- La decisión se basa en el Artículo 29, apartado 1, inciso o) de la Ley 140.
- También se fundamenta en el Artículo 71, apartado 1 de la Ley 140 de 2021.
- La Ley 140 se titula 'De los Tribunales de Justicia'.
- Se ordena comunicar esta decisión a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular y al Tribunal Especial Popular de Isla de la Juventud.
Texto íntegro
GOC-2022-458-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ---------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: ------------------------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 361: Elegir a ALEJANDRO QUEZADA GUERRERO como juez profesional suplente del Tribunal Especial Popular de la Isla de la Juventud, al amparo del
Artículo 29, apartado 1, inciso o), en concordancia con el
Artículo 71, apartado 1,ambos de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Jus-ticia”.--------------------------------------------------------------------------------------------------- Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que adjunte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este acuerdo al Tribunal Especial Popular de Isla de la Juventud y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.-----------------------------------------------Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDO LAPRESENTE EN LA HABANA, A 16 DE MARZO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVO-LUCIÓN”. --------------------------------------------------------------------------------------------________________