Acuerdo 13

Sobre la elección de un diputado para cubrir un cargo vacante

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
2021-01-25
Publicada en
Gaceta No. 27 Ordinaria de 2021 (2021-03-11)
Páginas
7–8
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El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma establece el proceso para elegir a un nuevo diputado en un distrito específico. La emite el Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en corresponden-cia con lo que establece el

Artículo 232 de la Ley No. 127, de 13 de julio de 2019, “Ley Electoral”, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea

Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:

ACUERDO No. 13

ÚNICO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Palma Soriano,provincia de Santiago de Cuba, constituida en colegio electoral, y según el procedi-miento establecido en la Ley Electoral, proceda a la elección de un diputado para cubrirun cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.

COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la Presidentadel Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Presidenta de la Comisión de Candidaturas Nacional; a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente, ypublíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en La Habana, a los veinticinco días del mes de enero de 2021.

Juan Esteban Lazo Hernández

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