El Consejo de Estado acredita a un embajador concurrente ante la República Árabe Saharaui Democrática. El acuerdo se emite según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se acredita a Héctor Igarza Cabrera como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario concurrente.
- La acreditación es ante la República Árabe Saharaui Democrática.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir el acuerdo.
- El acuerdo debe notificarse al ministro de Relaciones Exteriores y al interesado.
- El acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2024-239-EX21 LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO NO. 163 - XPRIMERO: Disponer que HÉCTOR IGARZA CABRERA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República Argelina Democrática y Popular se acredite también, como concurrente, ante la República Árabe Saharaui Democrática.
SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a 1 ro. del mes de abril de 2024.Juan Esteban Lazo Hernández