Acuerdo 176
El Acuerdo No. 176 del Consejo de Estado regula la toma de posesión de gobernadores y vicegobernadores provinciales en cuatro provincias cubanas. Fue emitido por el Consejo de Estado de la República de Cuba.
- La toma de posesión se realizará el 21 de mayo de 2024, a las 9:00 a.m. (Artículo PRIMERO)
- Se designan miembros del Consejo de Estado para presidir los actos de toma de posesión (Artículo SEGUNDO)
- Las provincias involucradas son Matanzas, Villa Clara, Santiago de Cuba y Cienfuegos
- La elección de gobernadores y vicegobernadores se celebró el 4 de mayo de 2024
- Los actos de toma de posesión contarán con la presencia de Ulises Guilarte de Nacimiento, Ana María Mari Machado, Homero Acosta Álvarez y Juan Esteban Lazo Hernández, según Anexo
Texto íntegro
GOC-2024-312-EX34 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Ley No. 127, “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019, en su
Artículo 252.1, establece que los gobernadores y vicegobernadores provinciales elegidos toman posesión de sus cargos ante el representante del Consejo de Estado designado alefecto, en la fecha fijada por este, dentro del término de los veintiún días siguientes a suelección.
POR CUANTO: Los acuerdos 166-X y 175-X del Consejo de Estado, de fechas 5 y 24 de abril de 2024, respectivamente, dispusieron que la elección de los gobernadores y vicegobernadores provinciales de las provincias de Matanzas, Villa Clara, Santiago de Cuba y Cienfuegos se celebrara el día 4 de mayo 2024.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado el siguiente:ACUERDO No. 176-XPRIMERO: Disponer que la toma de posesión de los gobernadores y vicegobernadores en las provincias de Matanzas, Villa Clara, Santiago de Cuba y Cienfuegos se realice el día 21 de mayo de 2024, a las 9:00 a.m.
SEGUNDO: Designar a los miembros del Consejo de Estado cuyos nombres obran en el Anexo que se adjunta, para que participen en los actos mencionados en el apartado anterior.
COMUNÍQUESE al Presidente de la República, al Primer Ministro, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, a los miembros del Consejo de Estado designados y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 8 días del mes de mayo de 2024.Juan Esteban Lazo HernándezANEXOMIEMBROS DEL CONSEJO DE ESTADO DESIGNADOS PARA PRESIDIR LOS ACTOS DE TOMA DE POSESIÓN DE LOS GOBERNADORES Y VICEGOBERNADORES PROVINCIALES EN LAS PROVINCIAS SIGUIENTES: MATANZASUlises Guilarte de NacimientoVILLA CLARAAna María Mari MachadoCIENFUEGOSHomero Acosta ÁlvarezSANTIAGO DE CUBAJuan Esteban Lazo Hernández