Acuerdo 178
El Consejo de Estado emite un acuerdo que regula el cese en el ejercicio de funciones judiciales de un juez militar. Este acuerdo se basa en las leyes Nos. 82 de 1997 y 97 de 2002, relacionadas con los Tribunales Populares y Militares.
- Cese en el ejercicio de funciones judiciales del Primer Teniente DAIRON REUEL DOMÍNGUEZ ROJAS.
- Causa del cese: pasar a cumplir otras tareas en el Ejército Juvenil del Trabajo.
- El afectado era Primer Juez Militar del Tribunal Militar Región La Habana.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Presidente del Tribunal Supremo Popular son responsables del cumplimiento del acuerdo.
Texto íntegro
GOC-2021-614-O72 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en la Constitución de la República y según lo dispuesto en las leyes Nos. 82, de 11 de julio de 1997, “De los Tribunales Populares” y 97 de 21 de diciembre de 2002, “De los Tribunales Militares”, ha adoptado el siguiente:ACUERDO No. 178
PRIMERO: Disponer el cese en el ejercicio de sus funciones judiciales, por revocación, del Primer Teniente DAIRON REUEL DOMÍNGUEZ ROJAS, Primer Juez Militar del Tribunal Militar Región La Habana, por pasar a cumplir otras tareas en el Ejército Juvenil del Trabajo.
SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Presidente del Tribunal Supremo Popular quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los veinticuatro días del mes de mayo de 2021.Juan Esteban Lazo Hernández
2177 GACETA OFICIAL25 de j unio de 2021