Acuerdo 182

Sobre la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
2021-05-28
Publicada en
Gaceta No. 72 Ordinaria de 2021 (2021-06-25)
Páginas
5
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma se emite en virtud de la Ley Electoral y la Constitución de la República.

Texto íntegro

GOC-2021-616-O72 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo que establece el

Artículo 232 de la Ley No. 127 de 13 de julio de 2019, “Ley Electoral”, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDO No. 182

ÚNICO: Disponer que la Asamblea municipal del Poder Popular de Minas de Matahambre, provincia de Pinar del Río, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento establecido en la “Ley Electoral”, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la Presidenta del Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Presidenta de la Comisión de Candidaturas Nacional; a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en La Habana, a los veintiocho días del mes de mayo de 2021.Juan Esteban Lazo Hernández________________