Acuerdo 222
El Consejo de Estado designa a Jorge Luis Mayo Fernández como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, según lo establecido en la Constitución y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- Se designa a Jorge Luis Mayo Fernández como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
- Se acredita a Jorge Luis Mayo Fernández como Embajador en la República de Nicaragua.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el Acuerdo.
- El Acuerdo fue adoptado según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y el Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131 de 2019.
Texto íntegro
GOC-2021-884-O108 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131 de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, a propuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDO NO. 228
PRIMERO: Designar a JORGE LUIS MAYO FERNÁNDEZ en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
SEGUNDO: Disponer que JORGE LUIS MAYO FERNÁNDEZ se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Nicaragua.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al designado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los trece días del mes de septiembre de 2021.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ
3223 GACETA OFICIAL1 ro. d e octubre d e 2021