Acuerdo 224
El Consejo de Estado acredita a un embajador en la República de la India. El acuerdo se emite según la Constitución de la República y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- Se acredita a ALEJANDRO SIMANCAS MARÍN como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de la India.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es responsable de implementar este acuerdo.
- El acuerdo fue adoptado por el Consejo de Estado a propuesta del Presidente de la República.
- Se ordena notificar al designado y a las personas naturales o jurídicas correspondientes.
- El acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2021-874-O108 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131 de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, a propuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:
3218 GACETA OFICIAL 1 ro. d e octubre d e 2021 ACUERDO NO. 208
PRIMERO: Disponer que ALEJANDRO SIMANCAS MARÍN, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite como tal en la República de la India.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al designado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los nueve días del mes de agosto de 2021.JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ________________