Acuerdo 237
El Acuerdo No. 237 del Consejo de Estado regula la rendición de cuenta de los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular. Esta norma es emitida por el Consejo de Estado y establece el proceso para que los delegados informen a sus electores sobre su gestión.
- Se convocan reuniones de rendición de cuenta entre el 10 de noviembre y el 23 de diciembre de 2021.
- El proceso se realiza al menos una vez al año, según la Ley No. 132 de 2019, artículos 90 y 92.
- El Presidente de la Asamblea Nacional emite orientaciones para el desarrollo de estas reuniones.
- Los Gobiernos Provinciales y administraciones locales coadyuvan en el proceso y garantizan la participación de sus directivos.
Texto íntegro
GOC-2021-958-EX91 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La rendición de cuenta de los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular es uno de los procesos de mayor importancia que realiza el Sistema del Poder Popular, mediante el cual los electores conocen, evalúan y se pronuncian sobre la gestión y la labor desarrollada por sus representantes durante un período determinado.
POR CUANTO: La Ley No. 132 “De Organización y Funcionamiento de las Asam-bleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares”, de 20 de diciembre de 2019, en sus artículos 90, Apartado 1, y 92, prevé que el proceso de rendición de cuenta de los delegados a sus electores se realice al menos una vez al año, convocado por el Consejode Estado.
POR CUANTO: Nuestro país enfrenta desde principios del año anterior los efectos de la pandemia de COVID-19, situación que ha provocado la suspensión de actividades que generan la concentración de personas, entre ellas, el proceso de reuniones de rendición de cuenta del delegado a sus electores.
POR CUANTO: Durante este periodo de enfrentamiento a la pandemia, se han im-plementado un grupo de medidas que han permitido mantener la participación activa de los delegados en las actividades realizadas en los barrios y comunidades, su vinculación directa con sus electores y la atención a sus planteamientos; no obstante, estas acciones no pueden suplir la trascendencia del proceso de rendición de cuenta del delegado a sus electores, referente de la participación y el control popular en nuestro sistema democrá-tico, motivo por el cual resulta muy oportuno, donde las condiciones epidemiológicas lo permitan, poder desarrollarlo.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferi-das, ha adoptado el siguiente:ACUERDO 237
PRIMERO: Convocar, siempre que las condiciones higiénico epidemiológicas lo per-mitan, la realización de las reuniones de rendición de cuenta de los delegados a las Asam-bleas municipales del Poder Popular a sus electores en el periodo comprendido entre el 10 de noviembre y el 23 de diciembre de 2021.
772 GACETA OFICIAL 20 de octubre de 2021
SEGUNDO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, emite las orien-taciones necesarias para el desarrollo de estas reuniones.
TERCERO: Los Gobiernos Provinciales y las administraciones locales coadyuvan al desarrollo del proceso de rendición de cuenta del delegado a sus electores y garantizan, a solicitud del Presidente de la Asamblea Municipal, la participación de sus directivos en estas reuniones.
CUARTO: La Comisión Permanente de Trabajo de Atención a los Órganos Locales de la Asamblea Nacional, presenta al Consejo de Estado, una vez concluido el proceso, la valoración final de sus resultados. COMUNÍQUESE al Primer Ministro, a los Gobernadores Provinciales, a los Presi-dentes de las Asambleas Municipales del Poder Popular, a los delegados a las Asambleas Municipales y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2021.Juan Esteban Lazo Hernández