Acuerdo 243
El Consejo de Estado designa a Santiago Pérez Benítez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, según lo establecido en la Constitución de la República y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- Se designa a Santiago Pérez Benítez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba (Artículo 1).
- Se dispone que se acredite ante la República de Belarús (Artículo 2).
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el Acuerdo (Artículo 3).
- El Acuerdo fue adoptado según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y el Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131.
Texto íntegro
GOC-2021-1045-O132 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131, de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, a propuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:
3836 GACETA OFICIAL 19 de noviembre de 2021 ACUERDO No. 243
PRIMERO: Designar a SANTIAGO PÉREZ BENÍTEZ en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
SEGUNDO: Disponer que SANTIAGO PÉREZ BENÍTEZ se acredite ante la República de Belarús como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al designado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los dos días del mes de noviembre de 2021.Juan Esteban Lazo Hernández________________