Acuerdo 267
El Consejo de Estado acredita a una embajadora concurrente en Uganda y Burundi. La norma emana del Consejo de Estado, órgano que ejerce atribuciones constitucionales.
- Se acredita a TANIA PÉREZ XIQUÉS como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria concurrente en Uganda y Burundi.
- El Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y el Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131 autorizan esta decisión.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de implementar lo dispuesto.
- La designada y demás personas naturales o jurídicas pertinentes deben ser notificadas.
- El acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidasen el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257,inciso o) de la Ley No. 131, de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Fun-cionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, apropuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO 267
PRIMERO: Disponer que TANIA PÉREZ XIQUÉS, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba en la República de Uganda se acredite también,como concurrente, ante la República de Burundi.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto enel presente Acuerdo.
NOTIFÍQUESE a la designada y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los veinticinco días del mes de noviembre de 2021.
Juan Esteban Lazo Hernández