Acuerdo 281
El Consejo de Estado designa a Lucas Domingo Hernández Polledo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante la Comisión de la Unión Africana. Esta designación se realiza en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se designa a Lucas Domingo Hernández Polledo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante la Comisión de la Unión Africana.
- Reemplaza a Lourdes Antonia Marrero Oro en el cargo.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el Acuerdo.
- Se acredita a Lucas Domingo Hernández Polledo ante la Comisión de la Unión Africana.
- El Acuerdo debe ser comunicado al ministro de Relaciones Exteriores y otras entidades pertinentes.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas enel
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidentede la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:
ACUERDO No. 281-X
PRIMERO: Designar a LUCAS DOMINGO HERNÁNDEZ POLLEDO en el cargode Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la Comi-sión de la Unión Africana, en sustitución de Lourdes Antonia Marrero Oro.
SEGUNDO: Disponer que LUCAS DOMINGO HERNÁNDEZ POLLEDO se acre-dite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la Comisión de la Unión Africana.
TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dis-puesto en el presente Acuerdo.
COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantaspersonas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 18 días del mes de noviembre de 2024.
Juan Esteban Lazo Hernández