Acuerdo 295
Esta resolución autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en Cuba. La emite el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- La inscripción se realiza según el Decreto 32/2021, que regula las representaciones comerciales extranjeras en Cuba.
- El giro comercial de la oficina es la fabricación y comercialización de productos industriales y de telas vinílicas.
- La licencia no autoriza a importar y exportar comercialmente, ni realizar comercio mayorista o minorista, excepto servicios de posventa y garantía.
- La entidad debe formalizar su inscripción en 90 días, o se archivará el expediente.
- Se deroga la Resolución 141/2018 que previamente autorizó la sucursal de la compañía.
Texto íntegro
GOC-2021-1197-O149 RESOLUCIÓN 328/2021
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 141, de 20 de abril de 2018, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32 de la oficina de representación de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía mexicanaPIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en Cuba, a partir de su inscripción, es la fabricación y comercialización de productos industriales y de telas vinílicas.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio internacional; ni c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales
4401 GACETA OFICIAL24 de diciembre de 2021 Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 141 de esta propia autoridad, de 20 de abril de 2018. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil veintiuno, “Año 63 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro ______________