Acuerdo 296
El Acuerdo No. 296 del Tribunal Supremo Popular regula la elección de una jueza profesional suplente del Tribunal Provincial Popular de Artemisa. Fue emitido por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- Se elige a Yines Gloria Balsinde Hidalgo como jueza profesional suplente.
- La elección se realiza al amparo del Artículo 29.1.o) de la Ley 140 de 2021.
- La elección también se fundamenta en el Artículo 71.1 de la Ley 140 de 2021.
- Se comunica a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular y al Tribunal Provincial Popular de Artemisa.
- Se publica en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2022-369-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ----------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión ex-traordinaria celebrada el 31 de enero de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: ------------------------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 107: Elegir a YINES GLORIA BALSINDE HIDALGO como jueza profesional suplente del Tribunal Provincial Popular de Artemisa, al am-paro del
Artículo 29, apartado 1, inciso o), en concordancia con el
Artículo 71, apartado 1, ambos de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Justi-cia”.---------------------------------------------------------------------------------------------------- Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que adjunte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este Acuerdo al Tribunal Provincial Popular correspondiente y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.--------------------------------------------------
881 GACETA OFICIAL21 de abril de 2022 Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDOLA PRESENTE EN LA HABANA, A 31 DE ENERO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVOLUCIÓN”. ------------------------------------------------------------------------------------________________