Acuerdo 320
El Consejo de Estado acredita a una embajadora concurrente ante la República de Malta. La decisión se toma según la Constitución y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- MIRTA AURORA GRANDA AVERHOFF es acreditada como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria concurrente ante la República de Malta.
- La acreditación es además de su cargo como Embajadora en la República Italiana.
- El Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y el Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131 respaldan esta decisión.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de implementar lo dispuesto en el Acuerdo.
- La notificación se hará a la designada y a las personas naturales o jurídicas correspondientes.
Texto íntegro
GOC-2022-161-O18 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131, de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, a propuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDO No. 320
PRIMERO: Disponer que MIRTA AURORA GRANDA AVERHOFF, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba en la República Italiana, se acredite también, como concurrente, ante la República de Malta.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE a la designada y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los ocho días del mes de febrero de 2022.Juan Esteban Lazo Hernández________________