Acuerdo 322
El Consejo de Estado designa a Maydolis Bárbara Sosa Hilton como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Cuba, según lo establecido en la Constitución y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- Se designa a Maydolis Bárbara Sosa Hilton como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba.
- Se acredita a Maydolis Bárbara Sosa Hilton ante la República de Senegal.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el Acuerdo.
- El Acuerdo fue adoptado según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y el Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131.
Texto íntegro
GOC-2022-163-O18 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, y en el
Artículo 257, inciso o) de la Ley No. 131, de 20 de diciembre de 2019, “Ley de Organización y Fun-cionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, a propuesta del Presidente de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDO No. 322
PRIMERO: Designar a MAYDOLIS BÁRBARA SOSA HILTON en el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba.
SEGUNDO: Disponer que MAYDOLIS BÁRBARA SOSA HILTON se acredite ante la República de Senegal como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE a la designada y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los ocho días del mes de febrero de 2022.Juan Esteban Lazo Hernández________________