Acuerdo 325
El Acuerdo No. 325, emitido por el Consejo de Estado, regula la acreditación de un embajador concurrente en Guinea y Costa de Marfil. El Consejo de Estado, en uso de sus atribuciones constitucionales, adopta esta decisión a propuesta del Presidente de la República.
- Alexis Peña Orozco, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Guinea, se acredita también ante Costa de Marfil (Artículo PRIMERO).
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir este Acuerdo (Artículo SEGUNDO).
- Se ordena notificar al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, entre otros (Artículo NOTIFÍQUESE).
- La decisión se publica en la Gaceta Oficial de la República (Artículo PUBLÍQUESE).
Texto íntegro
GOC-2025-52-O10 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO No. 325-XPRIMERO: Disponer que ALEXIS PEÑA OROZCO, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Guinea, se acredite también,como concurrente, ante la República de Costa de Marfil.SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 24 días del mes de enero de 2025.Juan Esteban Lazo Hernández