Acuerdo 332
El Acuerdo No. 332 del Tribunal Supremo Popular regula la cesación de funciones judiciales de Yoana Espinosa Rodríguez. Fue emitido por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- Cesación de funciones judiciales de Yoana Espinosa Rodríguez, presidenta del Tribunal Municipal Popular de Manicaragua, Villa Clara.
- Al amparo del Artículo 29, apartado 1, inciso v), de la Ley 140 de 2021.
- En concordancia con el Artículo 90, apartado 1, inciso f), de la Ley 140 de 2021.
- Se comunica a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular y al Tribunal Provincial Popular correspondiente.
Texto íntegro
GOC-2022-409-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ----------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión extraordinaria celebrada el 31 de enero de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: --------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 208: Cesar en sus funciones judiciales a YOANA ESPINOSA RODRÍGUEZ, presidenta del Tribunal Municipal Popular de Manicaragua, Villa Clara, al amparo del
Artículo 29, apartado 1, inciso v), en concordancia con el
Artículo 90, apartado 1, inciso f), ambos de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Justicia”.-----------------------------------------------------------------------------------------------Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que ad-junte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este Acuerdo al Tribunal Provincial Popular correspondiente y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.--------------------------------------------------Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDOLA PRESENTE EN LA HABANA, A 31 DE ENERO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVOLUCIÓN”. -----------------------------------------------------------------------------------________________