Acuerdo 3356
El Consejo de Estado de Cuba otorga la Medalla POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS. Esta norma regula la concesión de dicha medalla a militares con más de 20 años de servicio ejemplar en las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- Otorgar la Medalla POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS a militares con más de 20 años de servicio.
- Se reconoce la actitud ejemplar y consecuente trayectoria militar de los condecorados.
- La medalla se otorga en ocasión de su licenciamiento y pasar a desempeñar otras tareas.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias se encarga de la entrega de la Medalla.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3353
PRIMERO: Otorgar la Medalla “POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS” a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a los servicios prestados en las Fuerzas Armadas Revolucionarias con una actitud ejemplar y consecuente trayectoria militar durante más de 20 años, consagrados a la defensa de nuestra Patria Socialista y de su integridad territorial y en ocasión de su licenciamiento y pasar a desempeñar otras tareas y funciones que la Revolución les asigne.
SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 10 días del mes de enero del 2002.Fidel Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ______________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente: