Acuerdo 3401
El Consejo de Estado de Cuba otorga la Medalla OLO PANTOJA de Segunda Clase. Esta norma regula la concesión de dicha medalla a una persona específica. La emite el Consejo de Estado.
- Otorga la Medalla OLO PANTOJA de Segunda Clase al Mayor JULIO M. TAIN GALZAGORRI
- Reconoce su trabajo en la organización y consolidación del Sistema de Protección para la Seguridad Personal
- El Ministro del Interior se encarga de la entrega de la Medalla
- La medalla se otorga por servicios en provincias del interior del país
- La decisión se toma a propuesta del Ministro del Interior
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3388
PRIMERO: Otorgar la Medalla “OLO PANTOJA” de Segunda Clase al compañero Mayor JULIO M. TAIN GALZAGORRI en reconocimiento al desarrollo de un sostenido trabajo de organización, dirección y consolidación del Sistema de
29 de abril de 2002 GACETA OFICIAL 15 Protección para la Seguridad Personal en las provincias del interior del país.
SEGUNDO: El Ministro del Interior queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla al condecorado.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de abril del 2002.Fidel Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado _____________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro del Interior, ha adoptado el siguiente