Acuerdo 351
El Acuerdo No. 351 del Tribunal Supremo Popular regula la elección de Claudia Mesa Alfonso como jueza profesional titular. Fue emitido por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- Se elige a Claudia Mesa Alfonso como jueza profesional titular del Tribunal Municipal Popular de Alquízar, Artemisa.
- La elección se realiza al amparo del Artículo 29, apartado 1, inciso o) de la Ley 140.
- Se considera la excepcionalidad prevista en el Artículo 71, apartado 2 de la Ley 140.
- La Ley 140 se aprobó el 28 de octubre de 2021 y se refiere a los Tribunales de Justicia.
Texto íntegro
GOC-2022-403-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ----------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión extraordinaria celebrada el 31 de enero de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: --------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 142: Elegir a CLAUDIA MESA ALFONSO como jueza profesional titular del Tribunal Municipal Popular de Alquízar, Artemisa, al amparo del
Artículo 29, aparta-do 1, inciso o), en concordancia con la excepcionalidad prevista en el
Artículo 71, apar-tado 2, ambos de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Justi-cia”.------------------------------------------------------------------------------------------------------ Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que adjunte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este Acuerdo al Tribunal Provincial Popular correspondiente y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.--------------------------------------------------Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDO LAPRESENTE EN LA HABANA, A 31 DE ENERO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVO-LUCIÓN”. --------------------------------------------------------------------------------------------________________