Acuerdo 3530
El Consejo de Estado de Cuba otorga la Medalla 'IGNACIO AGRAMONTE' a personas destacadas en las Fuerzas Armadas Revolucionarias. La norma establece los criterios para su otorgamiento y la entrega de la medalla.
- Otorga la Medalla 'IGNACIO AGRAMONTE' de Tercera Clase a personal destacado.
- Se otorga por actitud ejemplar y resultados de 'BIEN' y 'SOBRESALIENTE' en preparación combativa.
- Es en interés de las tropas y fuerzas de su mando o unidad.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias entrega la medalla.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3514
-
PRIMERO: Otorgar la Medalla “IGNACIO AGRAMONTE” de Tercera Clase a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a la actitud ejemplar mantenida y a los resultados de "BIEN" y "SOBRESALIENTE" alcanzados en las actividades de la preparación y disposición combativas, en interés de las tropas y fuerzas de su mando o unidad en el último año de
- instrucción, lo cual ha coadyuvado, de manera notable, al desarrollo y fortalecimiento de la capacidad combativa de nuestras Fuerzas Armadas Revolucionarias.
-
SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 9 días del mes de enero del 2003.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
________________
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente