Acuerdo 3551
El Consejo de Estado otorga la Orden 'POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS' a combatientes del Ejército Rebelde y fundadores del III Frente Oriental 'Mario Muñoz'.
- Se otorga la Orden de Tercer Grado a 29 combatientes.
- La Orden se otorga por trayectoria ejemplar y méritos extraordinarios en favor de la Patria Socialista.
- Los condecorados demostraron abnegación, sacrificio, audacia y fidelidad a la causa revolucionaria.
- La insignia de la Orden será impuesta en acto solemne por el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- La Orden reconoce servicios en defensa de la integridad territorial de Cuba.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3541
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PRIMERO: Otorgar la Orden “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS” de Tercer Grado a los combatientes del Ejército Rebelde y fundadores del III Frente Oriental "Mario Muñoz", compañeros
FELIX ACOSTA SANCHEZ
VICTOR M. BORONAT MUÑOZ
OSVALDO CARDERO RAMIREZ
ERNESTO CUTIÑO RAMIREZ
GUILLERMO GARCIA FRIAS
FELICIANO GONZALEZ PEREZ
GERMAN LEYVA ORTEGA
MANUEL B. MARRERO SANCHEZ
NEUCLIDES MONTERO FONSECA
LUIS NUÑEZ LABRADA
FELIX A. RAMIREZ DELGADO
MARIA M. SANCHEZ DOTRES
JOSE M. VERDECIA AGUILAR
CLAUDIO ACUÑA ARIAS
FIDEL CABRERA ROSALES
JUAN M. CHAVEZ ARREBOLA
ARTURO FONSECA PEREZ
CALIXTO GARCIA MARTINEZ
FRANCISCO G. HECHEVARRIA MARTINEZ
EISLIER E. LEYVA REYES
CONRADO MARTINEZ OJEDA
NOEL E. MONTERO FONSECA
RAUL R. PARDO GUTIERREZ
ENRIQUE ROMAGUERA GALBAN
LAZARO R. SOLTURA VEGA
en reconocimiento a la ejemplar trayectoria mantenida y a los méritos extraordinarios adquiridos durante el cumplimiento de las diversas tareas y misiones encomendadas en favor de la Patria Socialista y de su integridad territorial, así como por haber demostrado en todas ellas abnegación, sacrificio, audacia y fidelidad a la causa revolucionaria.
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SEGUNDO: Que la insignia de la Orden sea impuesta a los condecorados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 5 días del mes de marzo del 2003.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas, ha adoptado el siguiente