Acuerdo 3552
El Consejo de Estado de Cuba otorga condecoraciones a combatientes del Ejército Rebelde. La norma regula la concesión de la Orden 'POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS' de Tercer Grado. Se reconoce la trayectoria y méritos de los condecorados.
- Se otorga la Orden 'POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS' de Tercer Grado.
- Se condecora a 31 combatientes del Ejército Rebelde y fundadores del II Frente Oriental 'Frank País'.
- La condecoración se otorga por trayectoria ejemplar y méritos extraordinarios en favor de la Patria Socialista.
- La insignia de la Orden será impuesta en acto solemne, según disponga el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3540
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PRIMERO: Otorgar la Orden “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS” de Tercer Grado a los combatientes del Ejército Rebelde y fundadores del II Frente Oriental "Frank País", compañeros
MIGUEL J. ALEJANDRO RAMIREZ
JOSE F. ARMIÑAN PELEGRIN
FLORENTINO CALZADILLA SANCHEZ
FELIX N. CARDERO SANCHEZ
FRANCISCO COELLO ATENCIO
PEDRO R. DIAZ FERRER
ISIDRO FERNANDEZ SANCHEZ
LUIS A. GONZALEZ PANTOJA
CONRADO A. JEREZ MARIÑO
ELOY PANEQUE BLANCO
VICENTE PERERA CARDOSO
GUILLERMO RAMOS RODRIGUEZ
ELOY RODRIGUEZ TELLEZ
RAMIRO E. VASALLO LEYVA
JOSE DE LA C. ARIAS SOTOMAYOR
JUAN C. BORGES MARTI
ERNESTO CASILLAS PALENZUELA
GILBERTO A. CARDERO SANCHEZ
ARGELIO L. CREACH VIAMONTE
CALIXTO ENAMORADO FOUMAN
REYNALDO GARCIA PEREIRA
RAUL G. GUERRA BERMEJO
MANUEL MORALES RONDON
JOEL PARDO GUERRA
RAFAEL PLUTIN SUAREZ
JUAN L. RODRIGUEZ INFANTE
MARCELINO SANCHEZ DIAZ
JUAN V. RICALO PALAIS
en reconocimiento a la ejemplar trayectoria mantenida y a los méritos extraordinarios adquiridos durante el cumplimiento de las diversas tareas y misiones encomendadas en favor de la Patria Socialista y de su integridad territorial, así como por haber demostrado en todas ellas abnegación, sacrificio, audacia y fidelidad a la causa revolucionaria.
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SEGUNDO: Que la insignia de la Orden sea impuesta a los condecorados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 5 días del mes de marzo del 2003.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente