Acuerdo 3588

Otorgar la Medalla de la Amistad

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 6 Extraordinaria Especial de 2003 (2003-06-30)
Páginas
2
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El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla de la Amistad al Embajador de Francia en Cuba. La norma regula la concesión de esta medalla y es emitida por el Consejo de Estado.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3588

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PRIMERO: Otorgar la Medalla "DE LA AMISTAD" al Embajador de Francia en Cuba, Excelentísimo Señor

JEAN LEVY

en reconocimiento al importante trabajo desarrollado por estrechar las relaciones de amistad, colaboración e intercambio entre Cuba y Francia, manteniendo siempre una posición de profundo respeto hacia nuestro pueblo y su Revolución.

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SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla al condecorado.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 3 días del mes de junio del 2003.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de Relaciones Exteriores, ha adoptado el siguiente