Acuerdo 3638

Otorgar la Orden 'LAZARO PEÑA' de Tercer Grado

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 10 Extraordinaria Especial de 2003 (2003-10-30)
Páginas
3–4
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El Consejo de Estado de Cuba otorga la Orden 'Lázaro Peña' de Tercer Grado a varios trabajadores destacados. Esta norma regula la concesión de dicha orden a personas que han demostrado una trayectoria laboral y social fructífera y han ocupado cargos sindicales de relevancia.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3638

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PRIMERO: Otorgar la Orden "LAZARO PEÑA" de Tercer Grado a

ORLANDO GARCIA GARCIA

CARLOS O. MACHADO CAMPOS

REINALDO MARRERO PADILLA

MANUEL MERINO AMADOR

NORBERTO NAVAS ALES

HERIBERTO TELLEZ CAMBARA

JUSTO V. AMORES PEREZ

JOSE B. SANTANA CARRERAS

FIDEL F. DIAZ MOLLINEA

ROBERTO HERMIAGA LIMA

NOEL GONZALEZ MORALES

REINALDO VALDES SANCHEZ

ANTONIO BETANCOURT REYES

ERCILIO R. PARADA SANCHEZ

LUIS FERNANDEZ CAMPOS

RAFAEL AVILA CASTELLANOS

RAFAELA CALA BOLOY

FELIPE FERNANDEZ ELIAS

ROLANDO GARCIA SARMIENTO

PEDRO GONZALEZ PEREZ

MARTHA MILANES VICENTE

ENRIQUE MUÑOZ MOLINA

REYNALDO CALVAO BASULTO

SALVADOR E. SUAREZ MESA

FERMIN ALVAREZ VIQUEIRA

AURELIO VALS DEL PINO

ROBERTO PONS FUENTES

FERNANDO DE LA VARA GARRIDO

RAUL POLAN GARCIA

OSVALDO TAMAYO PORTUONDO

DEYANIRA AMARO MARTINEZ

LORENZA DE LA C. GOMEZ VAZQUEZ

OSVALDO DIAZ GARCIA

AGUSTIN NICOT MARTINEZ

ALDO SISTO DIAZ

en reconocimiento a su condición de Vanguardias Nacionales por varios años consecutivos y de Dirigentes Sindicales de los Sindicatos Nacionales de Trabajadores Azucareros y Químico, Minero y Energético y la Salud, respectivamente, y a los méritos alcanzados en su extensa y fructífera trayectoria laboral y social.

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SEGUNDO: Que la insignia de la Orden sea impuesta a los condecorados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 6 días del mes de octubre del 2003.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba, ha adoptado el siguiente