Acuerdo 378
El Acuerdo No. 378 del Tribunal Supremo Popular regula la elección de una jueza profesional suplente para el Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba. Fue emitido por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- Se elige a THAYLA MORALES TORRES como jueza profesional suplente.
- La elección se realiza al amparo del Artículo 29, apartado 1, inciso o) de la Ley 140.
- La elección también se basa en el Artículo 71, apartado 1 de la Ley 140.
- La Ley 140 se titula 'De los Tribunales de Justicia' y fue aprobada el 28 de octubre de 2021.
- El acuerdo debe ser comunicado a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular.
- Debe remitirse copia certificada al Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2022-390-EX29 M.SC. ORLANDO LORENZO DEL RÍO, SECRETARIO JUDICIAL DEL TRIBU- NAL SUPREMO POPULAR. ----------------------------------------------------------------------CERTIFICO: que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión extraordinaria celebrada el 31 de enero de 2022, adoptó el Acuerdo que copiado literalmente dice así: --------------------------------------------------------------------------------Acuerdo No. 128: Elegir a THAYLA MORALES TORRES como jueza profesional suplen-te del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba, al amparo del
Artículo 29, apartado 1, inciso o), en concordancia con el
Artículo 71, apartado 1, ambos de la Ley 140, de 28 de oc-tubre de 2021, “De los Tribunales de Justicia”.-------------------------------------------------------- Comuníquese a la Dirección de Cuadros del Tribunal Supremo Popular para que adjunte lo dispuesto al respectivo expediente, remítase copia certificada de este Acuerdo
890 GACETA OFICIAL 21 de abril de 2022 al Tribunal Provincial Popular correspondiente y publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.--------------------------------------------------Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDOLA PRESENTE EN LA HABANA, A 31 DE ENERO DE 2022, “AÑO 64 DE LA REVOLUCIÓN”. ------------------------------------------------------------------------------------________________