Acuerdo 3782

Otorgar la Medalla "JOSE TEY" a destacados profesores

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 6 Extraordinaria Especial de 2004 (2004-06-29)
Páginas
7
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El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla 'José Tey' a destacados profesores, técnicos, directores de escuelas y dirigentes del sector de la educación. Esta condecoración reconoce su meritorio trabajo en la formación integral de jóvenes generaciones y su prestigio en sus colectivos laborales.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3782

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PRIMERO: Otorgar la Medalla "JOSE TEY" a los destacados profesores, técnicos, directores de escuelas y dirigentes del sector de la educación que se relacionan en el Anexo de este Acuerdo, en reconocimiento al meritorio trabajo desarrollado, durante décadas, en la formación integral de las más jóvenes generaciones; por el prestigio de que gozan en sus respectivos colectivos laborales y por el empeño y dedicación demostrados en su superación profesional y en la investigación científico técnica, cuyos resultados han contribuido al perfeccionamiento de planes, programas y medios de enseñanza y de estudio.

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SEGUNDO: El Ministro de Educación queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de junio del 2004.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

ANEXO

MARIA DE LOS A. AGRAMONTE CALA

JULIO AGUILERA

TERESA O. ALEAGA GAMBOA

IBRAHIM ARNAEZ BARRIOS

MICAELA ARRECHEA GONZALEZ

MARIO BORROTO PEREZ

NORMA CAMEJO BOZA

CARIDAD L. CANO MERINO

JOSE E. COLADO PERNAS

MARICEL COLOMA RIZO

ESTELA CONSUEGRA MORGADO

NILDA DELGADO YANES

ALFONSO FARNOS MOREJON

ESTEBAN FERNANDEZ VELAZQUEZ

DAYSI FRAGA CEDRE

CARLOS FUNCIA MORAN

JUAN FUNDORA LLITERAS

RICARDO GALLEGO DIAZ

ZENOVIA C. GARCIA FRANCISCO

ELIAS N. GENE DAMIEN

MARIA C. GONZALEZ DOSIL

JULIA GONZALEZ JIMENEZ

FIDEL A. GONZALEZ PEÑA

MIGUEL A. GONZALEZ RANGEL

MILEYDIS HERNANDEZ HERNANDEZ

LAZARO HIDALGO HERNANDEZ

REINA DE LA C. ITURRALDE FERNANDEZ

ALFREDO JACAS RODRIGUEZ

MARIANO H. JIMENEZ MILIAN

MERCEDES LAZA PEREZ

MERCEDES M. LEAL ACOSTA

JUAN C. LOBAINA JIMENEZ

JOSE A. LOPEZ DIAZ

COSME MATIAS BURGOS

EMERIO MORENO MILANES

LETICIA PEÑALVER CRUZ

IDALMIS PEREZ FONSECA

MIGUEL F. PEREZ ZAMORA

VIVIANA C. PIÑEIRO HERNANDEZ

JUANA A. PLACERES GONZALEZ

RAQUEL M. RAVELO MAYTIN

ANA RICO LOPEZ

FELIPE E. ROBAS DIAZ

MAYRA RODRIGUEZ ARUCA

VALERIA E. RODRIGUEZ LORENZO

MILAGROS ROSALES SEGURA

MARIA C. SANABRIA TRAVERIA

DAVID F. SANSON CORDERO

RICARDO SARMIENTO ROSALES

JUANA SEGUI VALLADARES

LIDIA SEVILLANO FERNANDEZ

BARBARO O. SILVERA ROSABAL

JULIA SOUSA MACHIN

ROLANDO P. STINGA HERNANDEZ

ALIDA TOYOS VERA

MAGDALENA VAZQUEZ GONZALEZ

MARITZA VAZQUEZ GONZALEZ

CARIDAD M. VILTRES SUAREZ

IVONNE DE P. WRIGTH VELAZQUEZ

___________________

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de Relaciones Exteriores, ha adoptado el siguiente