Acuerdo 3798
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga el Título Honorífico 'Héroe del Trabajo' a personas destacadas en sus actividades laborales. Este acuerdo reconoce la trayectoria y méritos de los condecorados en la producción material y la creación artística.
- Otorgar el Título Honorífico 'Héroe del Trabajo de la República de Cuba' a Demetrio Presilla López y Harold Gramateges Leyte-Vidal.
- Reconocimiento a su destacada trayectoria y méritos en producción material y creación artística.
- La 'Estrella De Oro' será impuesta en acto solemne.
- El Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba organizará la ceremonia de condecoración.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3798
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PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico "HEROE DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA DE CUBA" a los compañeros DEMETRIO PRESILLA LOPEZ
HAROLD GRAMATGES LEYTE-VIDAL
en reconocimiento a su destacada y fructífera trayectoria y a los méritos alcanzados en el desempeño de sus actividades laborales: la producción material y la creación artística, respectivamente.
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SEGUNDO: Que la "Estrella De Oro" que representa al Título Honorífico de "Héroe del Trabajo de la República de Cuba", sea impuesta a los condecorados, en acto solemne, en la ocasión que disponga el Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 20 días del mes de agosto del 2004.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba, ha adoptado el siguiente