Acuerdo 3883

Otorgar la Medalla de la Amistad

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2005-03-29
Publicada en
Gaceta No. 3 Extraordinaria Especial de 2005 (2005-03-29)
Páginas
5
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El Consejo de Estado otorga la Medalla de la Amistad al Embajador de la República Árabe de Egipto en Cuba. Esta norma regula la concesión de dicha medalla y establece las responsabilidades para su entrega.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3883

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PRIMERO: Otorgar la Medalla “DE LA AMISTAD” al Embajador de la República Arabe de Egipto en Cuba, Excelentísimo Señor

MOHAMED ABD EL MONEIM EL SHAZLY

en reconocimiento al destacado trabajo desplegado en la promoción y fortalecimiento de las relaciones bilaterales y la atención especial al desarrollo de los vínculos económicos y comerciales entre ambos países, así como por el respeto, amistad y admiración hacia los logros alcanzados por Cuba y su Revolución, manifestando en todo momento su rechazo a la política del bloqueo seguida por los Estados Unidos contra nuestra Patria.

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SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla que por este Acuerdo se otorga, en ocasión de concluir próximamente su misión en nuestro país.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 29 días del mes de marzo de 2005.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado