Acuerdo 3883
El Consejo de Estado otorga la Medalla de la Amistad al Embajador de la República Árabe de Egipto en Cuba. Esta norma regula la concesión de dicha medalla y establece las responsabilidades para su entrega.
- Otorgar la Medalla 'DE LA AMISTAD' al Embajador Mohamed Abd El Moneim El Shazly
- Reconocimiento al trabajo desplegado en promoción y fortalecimiento de relaciones bilaterales
- Atención especial al desarrollo de vínculos económicos y comerciales entre ambos países
- Respeto, amistad y admiración hacia los logros alcanzados por Cuba y su Revolución
- El Ministro de Relaciones Exteriores entrega la Medalla
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3883
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PRIMERO: Otorgar la Medalla “DE LA AMISTAD” al Embajador de la República Arabe de Egipto en Cuba, Excelentísimo Señor
MOHAMED ABD EL MONEIM EL SHAZLY
en reconocimiento al destacado trabajo desplegado en la promoción y fortalecimiento de las relaciones bilaterales y la atención especial al desarrollo de los vínculos económicos y comerciales entre ambos países, así como por el respeto, amistad y admiración hacia los logros alcanzados por Cuba y su Revolución, manifestando en todo momento su rechazo a la política del bloqueo seguida por los Estados Unidos contra nuestra Patria.
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SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla que por este Acuerdo se otorga, en ocasión de concluir próximamente su misión en nuestro país.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 29 días del mes de marzo de 2005.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado