Acuerdo 391

Sobre el Referendo del Código de las Familias

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2022-07-18
Publicada en
Gaceta No. 81 Ordinaria de 2022 (2022-08-05)
Páginas
4–5
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El Acuerdo No. 391 del Consejo de Estado regula la realización de un referendo sobre el Código de las Familias. Este acuerdo fue emitido por el Consejo de Estado de la República de Cuba.

Texto íntegro

ANA MARÍA MARI MACHADO, Vicepresidenta de la Asamblea Nacional del Poder Popular,

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en su sesión del día 18 de julio de 2022,ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Consejo de Estado, de conformidad con lo previsto en el inciso f)del

Artículo 122 de la Constitución de la República, analizó el proyecto del Código de las Familias, que será presentado a la consideración de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su próximo período ordinario de sesiones.

POR CUANTO: De aprobar la Asamblea Nacional del Poder Popular el Código de las Familias, dispondrá, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Decimoprimera de la Constitución de la República de Cuba, someterlo a referendo.

POR CUANTO: La Ley No. 127 “Ley Electoral” de 13 de julio de 2019, en su Ar-tículo 256, refiere que el Referendo se convoca por la Asamblea Nacional del Poder Popular, órgano al que también le corresponde, establecer el procedimiento para surealización.

POR CUANTO: La Constitución de la República en su

Artículo 107, establece que el Consejo de Estado, es el órgano de la Asamblea Nacional del Poder Popular, que la repre-senta entre uno y otro período de sus sesiones.

POR CUANTO: El Consejo de Estado, considera proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular los días para su realización, la pregunta que debe formularse a los electo-res, así como las reglas a emplear para la determinación de los resultados.

POR TANTO: El Consejo de Estado, de conformidad con lo previsto en el

Artículo 122 inciso c) de la Constitución de la República, acuerda lo siguiente:

ACUERDO 391

PRIMERO: Aprobar que el proyecto del Código de las Familias, se someta a la apro-bación de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su próximo Período Ordinario de Sesiones.

SEGUNDO: Proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular, que el referendopara la ratificación del Código de las Familias, se celebre, en el territorio nacional, eldomingo 25 de septiembre de 2022, dentro de las horas comprendidas entre las 7: 00 a.m.y las 6:00 p.m. En el exterior, el domingo 18 del propio mes y año, en el mismo horario.

TERCERO: Proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular, que la pregunta a loselectores, sea la siguiente:

¿Está usted de acuerdo con el Código de las Familias?

2185

CUARTO: Proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular, que el Código de las Familias, se considere aprobado, si recibe el voto afirmativo mayoritario (SI), de los votosválidos emitidos por los electores.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en La Habana, a los 18 días del mes de julio de 2022.

Ana María Mari Machado