Acuerdo 399
El Acuerdo No. 399 del Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Fue emitido por el Consejo de Estado en virtud de la Ley Electoral de 2019.
- Se dispone la elección de un diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- La elección será realizada por la Asamblea Municipal del Poder Popular de La Palma, provincia de Pinar del Río.
- La Asamblea Municipal se constituirá en colegio electoral según el procedimiento establecido en la Ley Electoral.
- El Acuerdo fue emitido en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República.
- Se comunica a la presidenta del Consejo Electoral Nacional y a la Comisión de Candidaturas Nacional.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspon-dencia con lo establecido en el
Artículo 232 de la Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de juliode 2019, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO 399-X
ÚNICO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de La Palma, pro-vincia de Pinar del Rio, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento esta-blecido en la “Ley Electoral”, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargovacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
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COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Comisión de Candidaturas Nacional; ala Asamblea Municipal del Poder Popular de La Palma y a cuantas personas naturales yjurídicas resulte procedente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 11 días del mes de junio de 2025.
Juan Esteban Lazo Hernández