Acuerdo 401
El Consejo de Estado emite un acuerdo para liberar del cargo de Presidente del Consejo Electoral Provincial de La Habana a Bernardo Bruno Mirabal Iglesias por renuncia.
- Se libera del cargo a Bernardo Bruno Mirabal Iglesias por renuncia (Artículo Único).
- El acuerdo se basa en el Artículo 122, inciso k) de la Constitución de la República.
- También se fundamenta en la Ley 127 de 2019, Artículo 44.2, y el Acuerdo 28 del Consejo de Estado.
- El acuerdo es comunicado a la Presidenta del Consejo Electoral Nacional y al interesado.
Texto íntegro
GOC-2022-852-EX50 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en virtud de lo establecido en el
Artículo 122, inciso k) de la Constitución de la República, el
Artículo 44.2 de la Ley 127, de 13 de julio de 2019, “Ley Electoral”, y el Acuerdo 28 del Consejo de Estado, “Reglamento Orgánico del Consejo Electoral Nacional”, de 20 de febrero de 2020, res-pectivamente, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Presidenta del Consejo Electoral Nacional ha propuesto el cese en el ejercicio del cargo, como Presidente del Consejo Electoral Provincial de La Habana del compañero BERNARDO BRUNO MIRABAL IGLESIAS al solicitar su renuncia.
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO No. 401
ÚNICO: Liberar del cargo como Presidente del Consejo Electoral Provincial de La Habana, por renuncia, al compañero BERNARDO BRUNO MIRABAL IGLESIAS. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la Presidenta del Consejo Electoral Nacional, al interesado y a cuantas personas naturales y jurídicas re-sulte procedentes.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 22 días del mes de agosto de 2022.Juan Esteban Lazo Hernández________________