Acuerdo 406
El Acuerdo No. 406 del Consejo de Estado regula la convocatoria a elecciones municipales para elegir delegados a las asambleas municipales del Poder Popular. El Consejo de Estado emite esta norma en virtud de sus atribuciones constitucionales y legales.
- Se convocan elecciones municipales para elegir delegados a las asambleas municipales del Poder Popular por un plazo de cinco años.
- Las elecciones se efectuarán el día 27 de noviembre de 2022.
- El 4 de diciembre de 2022 se realizarán elecciones de segunda vuelta en circunscripciones donde ningún candidato obtenga más del 50% de votos válidos.
- Corresponde al Consejo Electoral Nacional la organización, dirección y supervisión del proceso electoral.
- El proceso electoral se rige por la Constitución de la República y la Ley Electoral No. 127 de 2019.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República, en su
Artículo 187, establece que lasasambleas municipales del Poder Popular se renovarán cada cinco años, que es el períodode duración del mandato de sus delegados.
POR CUANTO: La Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019, refiere en susartículos 2 y 3, que las elecciones para delegados a las asambleas municipales del Poder Popular se desarrollan cada 5 años, previa convocatoria del Consejo de Estado, publicadaen la Gaceta Oficial de la República de Cuba, con no menos de noventa (90) días de an-telación a la fecha de su celebración.
POR CUANTO: Corresponde realizar elecciones municipales, en las que serán elec-tos los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular y sus respectivospresidentes y vicepresidentes.
POR CUANTO: Corresponde al Consejo Electoral Nacional la organización, direc-ción y supervisión de este proceso, e informar de sus resultados, en virtud de lo esta-blecido en los artículos 211 y 212 de la Constitución de la República y 34 de la vigente Ley Electoral.
POR TANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atri-buciones que le están conferidas en el
Artículo 122, inciso e) de la Constitución de la República y en la Ley 127/2019, Ley Electoral, adopta el siguiente:
ACUERDO No. 406
PRIMERO: Convocar a los electores de la República para las elecciones municipalesque se efectuarán para elegir a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular.
SEGUNDO: Las elecciones para elegir por el plazo de cinco años a los delegados a lasasambleas municipales del Poder Popular se efectuarán el día 27 de noviembre de 2022.
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TERCERO: Asimismo, el 4 de diciembre de 2022, se realizarán elecciones de segundavuelta en aquellas circunscripciones en que ninguno de los candidatos hubiere obtenidomás del cincuenta por ciento de los votos válidos emitidos.
CUARTO: Corresponde al Consejo Electoral Nacional la organización, dirección ysupervisión de este proceso, e informar de sus resultados.
PUBLÍQUESE el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 25 días del mes de agosto de 2022.
Juan Esteban Lazo Hernández.