Acuerdo 406
El Acuerdo No. 406 del Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Fue emitido por el Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Juan Esteban Lazo Hernández, en virtud de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República.
- Se dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Majibacoa, provincia de Las Tunas, elija un diputado para cubrir un cargo vacante.
- La elección se realizará según el procedimiento establecido en la Ley Electoral.
- La Asamblea Municipal se constituirá en colegio electoral para llevar a cabo la elección.
- El Acuerdo se comunica a la presidenta del Consejo Electoral Nacional y a la Comisión de Candidaturas Nacional.
- Se ordena la publicación del Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspon-dencia con lo establecido en el
Artículo 232 de la Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de juliode 2019, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO 406-X
ÚNICO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Majibacoa, pro-vincia de Las Tunas, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento esta-blecido en la “Ley Electoral”, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargovacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Comisión de Candidaturas Na-cional; a la Asamblea Municipal del Poder Popular de Majibacoa y a cuantas personasnaturales y jurídicas resulte procedente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 11 días del mes de junio de 2025.
Juan Esteban Lazo Hernández