Acuerdo 414
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma establece el proceso de elección de un diputado para ocupar el cargo vacante. La emite el Consejo de Estado en virtud de la Constitución de la República y la Ley Electoral.
- El cargo vacante se encuentra en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- La elección se llevará a cabo en la Asamblea Municipal del Poder Popular de Camagüey.
- El procedimiento de elección se rige por la Ley Electoral (Ley 127 de 2019).
- El Artículo 232 de la Ley Electoral establece el modo de cubrir cargos vacantes.
- La Comisión de Candidaturas Nacional y el Consejo Electoral Nacional serán informados.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondenciacon lo establecido en el
Artículo 232 de la Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019,en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacionaldel Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución dela República, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO 414-X
ÚNICO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Camagüey,provincia de Camagüey constituida en colegio electoral, y según el procedimientoestablecido en la “Ley Electoral”, proceda a la elección de un Diputado para cubrir uncargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Comisión de Candidaturas Nacional,
182
a la Asamblea Municipal del Poder Popular de Camagüey, y a cuantas personas naturales yjurídicas resulte procedente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 20 días del mes de junio de 2025.
Juan Esteban Lazo Hernández