Acuerdo 415

Sobre la elección de un Diputado para cubrir cargo vacante

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 40 Extraordinaria de 2025 (2025-07-28)
Páginas
3
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El Consejo de Estado de la República de Cuba regula la elección de un diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma se emite en virtud del Artículo 232 de la Ley 127 'Ley Electoral' de 2019 y según las atribuciones conferidas por la Constitución de la República.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondenciacon lo establecido en el

Artículo 232 de la Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019,en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:

ACUERDO 415-X

ÚNICO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Diez de Octubre,provincia de La Habana, constituida en colegio electoral, y según el procedimientoestablecido en la “Ley Electoral”, proceda a la elección de un Diputado para cubrir elcargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.

COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional, y por su conducto a la Comisión de Candidaturas Nacional,a la Asamblea Municipal del Poder Popular de Diez de Octubre y a cuantas personasnaturales y jurídicas resulte procedente.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en La Habana, a los 20 días del mes dejunio de 2025.

Juan Esteban Lazo Hernández