Acuerdo 436

Liberación de vicepresidente y designación de presidente no profesional de la Comisión de Relaciones Internacionales

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2025-07-10
Publicada en
Gaceta No. 73 Ordinaria de 2025 (2025-08-20)
Páginas
3–4
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El Acuerdo No. 436 del Consejo de Estado regula la liberación de un vicepresidente y la designación de un presidente no profesional de la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional. Fue emitido por el Consejo de Estado de la República de Cuba.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en su reunión extraordinaria del día 10 dejulio de 2025, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: En cumplimiento de lo establecido en el

Artículo 122, inciso k), en re-lación con el

Artículo 108, inciso p) de la Constitución de la Republica, el Consejo de Estadopuede elegir, designar, suspender, revocar o sustituir, entre uno y otro período de sesiones dela Asamblea Nacional, a quienes deban ocupar los cargos que le corresponde a esta decidir.

POR CUANTO: El Presidente de la Asamblea Nacional ha solicitado liberar del cargode vicepresidente de la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacionalal diputado ALBERTO EDUARDO NÚÑEZ BETANCOURT, para que pase a ocuparel cargo de presidente no profesional de la referida comisión, por haber demostrado ca-pacidad para cumplir con sus responsabilidades laborales y las tareas asignadas por la Asamblea Nacional.

POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidasen el

Artículo 122, inciso c) de la Constitución de la República, adopta el siguiente:

ACUERDO 436-X

PRIMERO: Liberar del cargo de vicepresidente de la Comisión de Relaciones Inter-nacionales de la Asamblea Nacional al diputado ALBERTO EDUARDO NÚÑEZ BE-TANCOURT, quien pasará a ocupar el cargo de presidente no profesional de la referida Comisión.

SEGUNDO: El movimiento aprobado surtirá efectos a partir del 1 de agosto del año 2025.

COMUNÍQUESE a la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacio-nal, al interesado y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en La Habana, a los 10 días del mes de julio de 2025.

Juan Esteban Lazo Hernández

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