Acuerdo 453
El Consejo de Estado elige a un Vocal del Consejo Electoral Nacional según lo establecido en la Constitución de la República y la Ley Electoral. La decisión se basa en una propuesta de la Presidenta del Consejo Electoral Nacional.
- Se elige a Jorge Luis Dorta Toledo como Vocal del Consejo Electoral Nacional.
- La elección se realiza para cubrir una vacante en el cargo.
- El Artículo 122, inciso k) de la Constitución de la República y el Artículo 229.1 de la Ley No. 127 respaldan esta decisión.
- Jorge Luis Dorta Toledo es Director Adjunto de la Empresa de Seguridad y Protección de la Aviación Civil ESPAC S.A.
- El Acuerdo debe comunicarse a la Presidenta del Consejo Electoral Nacional, al interesado y a otras personas naturales y jurídicas correspondientes.
- El Acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en virtud de lo establecido en el Artícu-lo 122, inciso k) de la Constitución de la República y el
Artículo 229.1 de la Ley No. 127,de 13 de julio de 219, “Ley Electoral” ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Presidenta del Consejo Electoral Nacional ha propuesto elegirpara cubrir la vacante en el cargo de Vocal del Consejo Electoral Nacional, al compañeroJORGE LUIS DORTA TOLEDO, Director Adjunto de la Empresa de Seguridad y Protec-ción de la Aviación Civil ESPAC S.A.
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde,adopta el siguiente:
ACUERDO 453
ÚNICO: Elegir al compañero JORGE LUIS DORTA TOLEDO, como Vocal del Con-sejo Electoral Nacional.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la Presidentadel Consejo Electoral Nacional, al interesado y a cuantas personas naturales y jurídicascorresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 13 días del mes de febrero de 2023.
Juan Esteban Lazo Hernández
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