Acuerdo 453
El Consejo de Estado designa a Oscar Cornelio Oliva como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en Chile, según lo establecido en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se designa a Oscar Cornelio Oliva como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Chile.
- Reemplaza a Mercedes Vicente Sotolongo, quien concluyó su misión.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto.
- El Acuerdo fue emitido por el Consejo de Estado según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 453-XPRIMERO: Designar a OSCAR CORNELIO OLIVA en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Chile, en sustitución de Mercedes Vicente Sotolongo, quien concluyó la misión.
SEGUNDO: Disponer que OSCAR CORNELIO OLIVA se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Chile.
TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a 1 del mes de septiembre de 2025.Juan Esteban Lazo Hernández