Acuerdo 470
El Consejo de Estado designa a Orlando Requeijo Gual como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en la República Tunecina. Esta designación se realiza en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República.
- Se designa a Orlando Requeijo Gual como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba en la República Tunecina.
- Reemplaza a Máriem Martínez Puello, quien concluyó su misión.
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el Acuerdo.
- El Acuerdo fue emitido por el Consejo de Estado en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
Texto íntegro
GOC-2025-454-EX63 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 470-XPRIMERO: Designar a ORLANDO REQUEIJO GUAL en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República Tunecina, en sustitución de Máriem Martínez Puello, quien concluyó la misión.
SEGUNDO: Disponer que ORLANDO REQUEIJO GUAL se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República Tunecina.
TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 17 días del mes de septiembre de 2025.Juan Esteban Lazo Hernández