Acuerdo 488
El Consejo de Estado designa a José Julián Cala Sagué como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante la República de Níger. Esta designación se realiza en sustitución de Jorge José Hadad Capote. La decisión se toma según las atribuciones conferidas en el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se designa a José Julián Cala Sagué como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante Níger.
- Reemplaza a Jorge José Hadad Capote, quien concluye su misión.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto.
- La designación se realiza según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
Texto íntegro
GOC-2023-239-O27 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, ha considerado lo siguiente:
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO No. 488
PRIMERO: Designar a JOSÉ JULIÁN CALA SAGUÉ en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República de Níger, en sustitución de JORGE JOSÉ HADAD CAPOTE, quien concluye su misión.
SEGUNDO: Disponer que JOSÉ JULIÁN CALA SAGUÉ se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República de Níger.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al Ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
569 GACETA OFICIAL21 de marzo de 2023
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 6 días del mes de marzo de 2023.Juan Esteban Lazo Hernández________________